MECANISMOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MÉXICO

Mecanismos Alternos de Solución de Controversias en México.  

Lic. Xochitlaly Leal Cruz.

                                        INTRODUCCIÓN:

¿Existe la Justicia en México?, hablar de justicia, es hablar de un tema muy complejo, que tiene diversas interpretaciones; los abogados en su práctica judicial observan la realidad en la que está inmersa esta palabra, y que en ocasiones las personas prefieren dejar de la lado acercarse a una autoridad jurisdiccional para que resuelva sus conflictos, y optan por dejar las cosas en su estado original. Los mecanismos permiten resolver los conflictos de manera pronta y expedita, tal como lo establece el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

DESARROLLO:
     Los sistemas alternativos de solución de conflictos son procedimientos voluntarios, flexibles, rápidos, económicos, prácticos, privados y confidenciales, que no tienen efecto obligatorio para las partes. Entre los más conocidos mecanismo tenemos:

La conciliación es una forma de solución de los conflictos, en virtud de la cual las partes del mismo, ante un tercero que no propone ni decide, contrastan sus respectivas pretensiones tratando de llegar a un acuerdo que elimine la posible contienda judicial.
La mediación cuando las partes se declaran incompetentes para solucionar su conflicto. Es decir, cuando la comunicación falló, entonces las partes deciden recurrir a un tercero neutral para estar presente en sus reuniones y poder reiniciar el diálogo.
La negociación es un sistema utilizado por las partes de una controversia, y en ocasiones por sus representantes legales para solucionar conflictos presentes y evitar futuros.

El Arbitraje es un mecanismo de solución de controversias en virtud del cual las partes acuerdan mediante la celebración de un convenio arbitral, someter la solución de determinados conflictos que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto a una determinada relación jurídica a la decisión un laudo arbitral, de uno o varios terceros –árbitros-.

           La idea de las principales características de los medios alternativos de resolución de conflictos se puntualiza en que la mediación y el arbitraje, son absolutamente voluntarios; la mediación no tiene una estructura formal determinada, en tanto que en el arbitraje y en la conciliación si tienen formas y etapas que cumplir; por tanto, los objetivos de estos mecanismos es: a) El no desgaste económico; b) Desgastes físicos y Psicológicos; y c) Agilizar un procedimiento, o en su caso, prevenir que un conflicto llegue a los tribunales cuando puede resolverse de forma extrajudicial.

           CONCLUSIÓN
De esta manera concluimos que los mecanismos o medios alternativos de solución de conflictos, son instrumentos viables con los que el juzgador a través de una norma establecida emplea como medio de acortar los procedimientos, mediante la utilización de los mecanismos más empleados que son: la conciliación, la mediación, la negociación y el arbitraje. 


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